| Para la verificación de los sistemas de autocontrol que deben tener implantados por los operadores El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha dado a conocer el protocolo de actuaciones a realizar por parte de las entidades de inspección en las entidades ganaderas. Dicho protocolo pueden encontrarlo en la sección Documentos de eurocarnedigital.
El protocolo se ha estructurado según las actividades que deben ser evaluadas en las explotaciones ganaderas, atendiendo para ello a su orientación productiva distinguiendo si son de ciclo cerrado, dedicadas a la producción de lechones o al cebo de animales para su sacrificio.
Una de las primeras labores es el control del factor racial para lo cual la explotación ganadera debe disponer de la documentación en la que se acredite la inscripción de los reproductores en el Libro Genealógico. Dependiendo de la pureza racial se distinguen diversas actuaciones según sean reproductores puros o cruzados para la obtención de animales con un 75% de pureza racial. Se establece un mínimo de una visita anual y el número podrá incrementarse dependiendo de la actividad del operador.
Otras de las acciones están encaminadas a verificar y controlar el tipo de alimentación que se da a los animales. Para ello se establecen distintos puntos a tener en cuenta dependiendo si la designación es bellota (3 visitas mínimas durante la montanera), de cebo de campo o de cebo (una visita) antes de que los lotes salgan para sacrificio. |